COMUNICADO
La Unidad de Gestión Educativa Local Bambamarca, comunica que, mediante Resolución Viceministerial Nº081-2023-MINEDU, se aprueba la norma técnica denominada “Disposiciones para el procedimiento de las licencias, permisos y vacaciones de los profesores en el marco de la Ley de la Reforma Magisterial”, misma que en su numeral 7.2.1 establece que: El jefe de recursos humanos o quien haga sus veces solicita las fechas para la programación del rol de vacaciones; en la segunda semana de octubre, al profesor(a) designado (a), asimismo el numeral 7.2.2 de la norma citada precisa que el(a) profesor(a) comunica las fechas de sus vacaciones en un plazo máximo de siete (7) días hábiles. A su vez, indica que; ante la ausencia del pronunciamiento por parte del(a) profesor(a), la UGEL/DRE fijará la programación del rol de vacaciones” y será “La UGEL/DRE de oficio emite la resolución que aprueba la programación del rol de vacaciones”.
- Además, que en función a la establecido por la normatividad, se publicó el OFICIO MULTIPLE N°0124-2024 -2024-GR.CAJ-DRE/UGEL.BCA/AP-D de fecha 11 de octubre del 2024 por la Unidad de Gestión Educativa Local Bambamarca, mediante el cual se solicita a los Directores designados de las I.E. de la Jurisdicción de la UGEL Bambamarca, la Programación De Periodo Vacacional Para El Año 2025.
- Sin embargo; transcurrido el plazo oportuno para comunicar las Propuestas de Periodo Vacacional y sin recibir atención pertinente ante dicho requerimiento, de manera excepcional se procederá a otorgar un plazo adicional, para que cumplan con remitir la debida programación del periodo vacacional. Bajo responsabilidad de fijarse de oficio, según la misma normatividad lo establece.
En consecuencia y según lo expuesto, SE OTORGA UN PLAZO 24 HORAS A LOS DIRECTORES DESIGNADOS DE LAS I.E. DE LA JURISDICCIÓN DE LA UGEL BAMBAMARCA PARA PRESENTAR LA PROGRAMACION DE PERIODO VACACIONAL 2025, según lo establecido en la Resolución Viceministerial Nº081-2023-MINEDU.
Atentamente;
OFICINA DE PERSONAL DE LA UGEL BAMBAMARCA